Los escenarios actuales del orden mundial me permiten elaborar la analogía entre lo que Kant proponía como el derecho cosmopolita en un libro de finales del siglo XVIII titulado Sobre la paz perpetua y los alcances reales del derecho internacional en tiempo presente. El derecho cosmopolita, emanado del imperativo categórico, mejor entendido como el mandato condicionado, lo que conocemos como el deber ser, es lo que, desde mi perspectiva, ha dado forma al derecho internacional después de la Guerra Fría. Un derecho internacional respetuoso de la soberanía de las naciones, mediador en conflictos, interlocutor en momentos determinados de desaparición forzada, genocidios, dictaduras y otros acontecimientos. Y la única posibilidad supranacional de juzgar a quienes perpetuaban crímenes de guerra. El derecho internacional que antepone la defensa de los derechos humanos de cara a la defensa de las naciones, como pretendía Kant.
Desde mi perspectiva, el derecho cosmopolita de Kant fue el pilar de la conformación de las Naciones Unidas al terminar la Segunda Guerra Mundial y el que hizo posible imaginar y hacer realidad la Unión Europea. Después de la caída del Muro de Berlín y el fin de la Guerra Fría, el derecho cosmopolita parecía más necesario que nunca. Lo que estaba en juego era la responsabilidad mundial de evitar una tercera guerra mundial. Con el tiempo, con la entrada de la globalización, el neoliberalismo, ese mismo derecho se transforma en derecho internacional, adaptándose a las nuevas circunstancias. El derecho internacional se convierte así en un referente para las democracias occidentales desde finales del siglo XX.
Kant escribió Sobre la paz perpetua pensando que la paz era realizable; sabía de la condición humana y, por lo tanto, sabía que se debían establecer las condiciones de posibilidad para que la paz fuera realizable. Condiciones que incluían la no intervención entre naciones. Una moral basada en la constitución republicana, la federación de estados libres y el derecho cosmopolita en la que prevalecían categorías como la naturaleza conflictiva humana, la hostilidad, la razón, la armonía y, particularmente, la hospitalidad.
Sin embargo, la historia nos permite identificar ciertas figuras conforme van escribiendo sus narrativas. Trump empezó su primer mandato como el mesías de la MAGA (Make America Great Again). De ahí se siguió para imponer la Doctrina Monroe, sustituyendo la Monroe. Durante su segundo mandato llegó dispuesto a terminar con la guerra entre Ucrania y Rusia, poner fin al conflicto en Gaza, liberar a Venezuela del narcoterrorista Maduro, luchar contra el narcotráfico en México, erradicar ISIS de Medio Oriente, recuperar Groenlandia y la lista de intervenciones militares, condicionamientos arancelarios, criminalización de la migración siguen.
Haciendo a un lado el derecho internacional, pero copiando la retórica de “responsabilidad moral” de cara a la población mundial, Trump no tiene reparo en señalar lo que los otros gobiernos o gobernantes hacen mal o lo que está mal en cada uno de los países en los que ha intervenido. Pero lo más preocupante es que todos los gobiernos, instituciones, organismos internacionales están debilitados porque Estados Unidos, el país que condicionaba las acciones del derecho internacional, ha dejado de financiar los proyectos de paz.
En ese sentido, la poca autonomía financiera de las Naciones Unidas es un revés para el derecho internacional y para una larga tradición de mantener cierto equilibrio de no intervención entre las naciones. El escenario ha cambiado. Trump lo hizo cambiar. La moral cambió. Nos enfrentamos a una a-moral sin bando o con bando único: los designios de Trump.